Los influenciadores Yina Calderón, Yeferson Cossio, Luisa Castro y Mariam Obregón, quienes no habrían entregado a sus seguidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y precisa sobre los productos promocionados y, por tanto, los habrían inducido al error, podría recibir una multa cercana a los 2.320 millones de pesos por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) si las auditorías que incurrieron en publicidad engañosa frente a sus seguidores.
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La Superindustria señaló que encontró varias irregularidades en la forma como operan dichos influenciadores, a algunos de los cuales ya les había solicitado ajustar sus procedimientos sin conseguirlo, por lo cual procedió a abrir las investigaciones respectivas que le permitieron determinar si hay mérito para aplicar las millonarias multas.
Según la SIC, Yina Calderón SAS, presuntamente no acató las órdenes distribuidas el 10 de agosto del año pasado por la autoridad, en las que le solicitaba suministro a los consumidores informacion clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y precisa sobre los tiempos de entrega, sobre su política de cambios y sobre el derecho de retracto de los productos promocionales.
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En cuanto a Grupo Cossio SAS, la autoridad del mercado dijo que evidenció una posible publicidad engañosa, teniendo en cuenta que, Yeferson Cossio aparentemente realizó afirmaciones objetivas sobre los resultados que pudo obtener al realizar el curso “Método Cossio”, el cual según lo publicitado, tenía como propósito enseñar a monetizar las redes sociales y cuyo único soporte era la experiencia del mismo influenciador, lo que según la SIC podría inducir un error a los consumidores respecto de los resultados que se lograrían al relazar ese cursos de formación.
grabación de la cena

El delito de captación ilícita de dinero se sigue cometiendo en el país pesa a las advertencias.
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Frente a LCompany SAS y Cuatro 44 Inversiones SAS, la Superindustria encontró que, al parecer, las influencers Luisa Castro y Mariam Obregón, sin esperar las solicitudes realizadas por la entidad de allegar la publicidad emitida sober los servicios de captación de dinero, qNo ha pasado una promoción por redes sociales, ni información sobria sobre una relación comercial con el anunciante para promocionar estos servicios, con lo cual, para inducir a error a los consumidores.
La SIC ya aclaró que contra los actos administrativos por medio de los cuales se formularon cargos a dichos influenciadores, no procede ningún recurso.
En la medida en que, luego de adelantarse la investigación administrativa correspondiente, se confirme la vulneración por parte de esas empresas, se podrán imponer multas cercanas a los 2.320 millones de pesos a cada una.



