If su empresa ou usted, como independiente, se acogieron al Decreto Ley 558 de 2020, que logró de reducir manera voluntaria los aportes a pensión en abril y mayo del 2020, en pleno inicio de la pandemiadebe saber que necesita ponerse al día.

Sí, durante la emergencia sanitaria decretada por el covid-19, el Gobierno expidió este decreto que permitió a las empresas, empleados e independientes realizar un pago parcial al sistema de pensiones, al pasar de 16 a 3 por ciento de cotización, con el objectivo de aliviar sus finanzas.

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Sí, durante la emergencia sanitaria decretada por el covid-19, el Gobierno expidió este decreto que permitió a las empresas, empleados e independientes realizar un pago parcial al sistema de pensiones, al pasar de 16 a 3 por ciento de cotización, con el objectivo de aliviar sus finanzas.

Sin embargo, un año después de la Corte Constitucional declaró esta medida inexequible por ir en contravía de los derechos básicos. En consecuencia, el Gobierno Nacional expidió un nuevo decreto (el 376 de 2021) con el que dio un plazo de 36 meses, contados al 1.° de junio de 2021, para aportar ese 13 por ciento restante. Esto significa que las empresas e independientes que no hicieron ese pago tienen hasta mayo del 2024 para ponerse al día, sin que haya lugar a intereses de mora.

Allá Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) asegurar que las empresas, empleados e independientes se pongan al día con el pago pendiente de la seguridad social; de no ser así, no solo se deberá pagar los intereses de mora a que haya lugar, sino que también se podrá aplicar sanciones administrativas.

En total, según los informados por la UGPP, entre abril y mayo de 2020 se cogieron a este beneficio 7’143.410 cotizantes (entre dependientes e independientes), de los cuales 2’653.024, es decir, el 37,14 por ciento, y se han realizado el pago de los aportes faltantes por 1,2 billones de pesos.

En la fecha, están pendientes 4’490.386 cotizantes, por valor de 1,3 billones de pesos.

A la hora de hacer el pago hay que tener en cuenta que hoy en día esta cotización es de 16 por ciento, donde el 12 por ciento lo asumen los patrones y el 4 por ciento, los trabajadores. Y lo que hicieron en medio de la pandemia fue allowir que la cotización bajó un 3 por ciento, en la que el trabajador aportó un 75 por ciento y el trabajador contribuyó con el 25 por ciento de ese total.

En estos momentos, las empresas pueden descontar el monto sin tener que pedir autorización o informarles a los trabajadores. Estas pueden establecer alternativas de pago con sus colaboradores para hacer el aporte, bien mer en una sola deducción de su salario o periódicamente hasta completar ese 25 por ciento que debe pagar el empleado.

Segundo Juan Pablo López, director social de la firma López & Asociadosalgunas empresas lo han realizado de forma automática y otras por medio de descuentos periódicos para no afectar de manera directa el flujo de sus colaboradores, haciendo el aporte por medio de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila).

En el caso de los trabajadores que son independientes, estos tienen que pagar el 100 por ciento del aporte de la cotización al sistema general de pensiones faltante.

Que pasa en las renuncias

De acuerdo con su colaborador un pago periódico, las empresas deben tener en cuenta qu’if termina la relación laboral se debe descontar de su final liquidation el valor que haga falta para completar el total del aporte que le corresponde y pueda, posteriormente, hacer el página en la Pila.

Y en el caso de que ya se haya ido, es importante que como trabajador se comunique con su antiguo empleado y le dé claridad sobre el tema, pues en el evento en que la persona retirada de la empresa no realice este aporte, solo se le contabilizará el 75 por ciento de la cotización sobre su historial de aportes pensionales.

“En caso de que las personas se jubilen o sean jubilados de su cargo, la entidad laboral deberá retener a los empleados o los emolumentos pendientes de pago, el valor del aporte que le corresponda al trabajador”, dijo el socio director de la firma López & Asociados.

Posteriormente, el fondo de pensión se ajustará al historial laboral de la persona para realizar el aporte completo de la cotización y, para el caso, se suman las ocho semanas que corresponden a estos períodos de cotización.

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