La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) informado que en menos de 48 horas, desde la supresión de una solicitud de amparo al consumidor, interpuesta por uno de los afectados por la suspensión de operaciones de viva airedecretó la primera medida cautelar en contra de la aerolinea.
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Según el ente de control, la actuación de Viva “…da cuenta de una flagrante vulneración a los derechos de los consumidores previstos en la Ley 1480 de 2011 e incluso normas de contenido constitucional, no solo por los efectos de la decisión unilateral e intimetiva de suspender sus servicios, sino además, en pleno desconocimiento de sus obligaciones y responsabilidades como proveedor de un servicio de vital importancia para consumidores y usuarios…”.
Asimismo, la Superindustria ha verificado que “en la página web de la aerolina, los canales de atención al cliente no ofrecen ningún tipo de información, Guía o posibilidad de presentar sus peticiones, por el contrario, replican en todos los casos el mencionado comunicado sin decerer soluciones al menos oportunas a la necesidad de usuarios comme la aquí solicitante”, motivos por los cuales se adoptaron medidas urgentes para salvar los intereses de usuaria .
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Entre los medios adoptados, el SIC seguramente a Viva Air la devolución inmediata del dinero de los aéreos tiquetes a la pasajera, o su reubicación sin costo alguno en un vuelo con otra compañía aérea para el cubrimiento de los trayecto aéreo.
Los usuarios que no solicitaron medidas cautelares a la Superintendencia en ejercicio de sus funciones jurisdiccionales deben presentar una reclamación directa a la aerolínea antes de radicar la demande.
En caso de acudir a la entidad para presentar una demanda junto con la solicitud de medidas cautelares a través de la delegación para Asuntos Jurisdiccionales, debe tener presenta que, si el vuelo adquirido fue de carácter nacional, la demanda debe ser interpuesta contra la sociedad Fast Colombia SAS por otra parte si el vuelo es internacional la demande deberá ser en contra de Viva Airlines Perú SAC.
La demande, junto con la solicitud de medidas cautelares podrá ser interpuesta utilizando el aplicativo «Demande here» (https://servicioslinea.sic.gov.co/servilinea/ServiLinea/DemandasProtection/) disponible en la página web de la entidad, también puede remitir al correo electrónico (contactenos@sic.gov.co).
O también se puede radicar en forma presencial en las oficinas de la Superintendencia de Industria y Comercio en la Carrera 7 No. 31 A – 36 piso 3 de la ciudad de Bogotá DC. Ver anexa infografía para orientar a quienes consideren pertinente presentar su demanda ante la SIC.